Si eres propietario de una piscina en una comunidad de vecinos, es probable que te hayas preguntado si es necesario contratar a un socorrista. No existe una normativa estatal en España que establece una regla única para todas las comunidades. Cada comunidad autónoma tiene sus propias normas que deben ser cumplidas para garantizar la seguridad de los bañistas.
Por ejemplo, En la Comunidad de Madrid, todas las piscinas de uso colectivo, incluyendo las de comunidades de vecinos con más de 30 viviendas, deben contar con un servicio de socorristas titulados. El número de socorristas dependerá del tamaño de la piscina. Si la piscina no supera los 500 metros cuadrados, será suficiente con un socorrista. Si está entre los 500 y los 1.000 metros cuadrados, se necesitarán dos socorristas.
En la Comunidad Valenciana, Andalucía, o Cataluña, solamente se obliga en piscinas de más de 200 metros cuadrados.
La comunidad Murciana, obligatoria a contar con un socorrista en piscinas con una superficie igual o inferior a 250 metros cuadrados, y un socorrista adicional por cada 500 metros cuadrados adicionales.
En cambio, en Castilla-La Mancha, la presencia de un socorrista es obligatoria en piscinas de comunidades de vecinos con una superficie superior a 100 metros cuadrados.
Es importante tener en cuenta que, aunque en algunas comunidades autónomas no sea obligatorio contratar un socorrista, siempre es recomendable contar con uno para garantizar la seguridad de los bañistas. La presencia de un socorrista titulado puede marcar la diferencia entre un incidente menor y una situación grave.
Si tienes una piscina en una comunidad de vecinos, es fundamental conocer las normas específicas de tu autonomía.
En cualquier caso, contar con un socorrista titulado siempre es una buena idea.